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Hernandez Lara v. Las Princesas Corp. Settlement

Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Virginia

Caso No. 2:24-cv-000346

TRIBUNAL DE DISTRITO DE LOS ESTADOS UNIDOS PARA EL DISTRITO ESTE DE VIRGINIA

Si fue trabajador H-2A para Las Princesas Corporation en 2021, 2022, 2023 o 2024, podría ser elegible para recibir un pago.

Un tribunal federal autorizó este aviso. Esto no es una solicitud por parte de un abogado.

  • Las partes han alcanzado acuerdos propuestos con Las Princesas Corporation, Martha Zeferino José y The Tankard Nurseries (los “Demandados”) para resolver los reclamos sobre si los trabajadores H-2A de Las Princesas que trabajaron en Tankard entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022 eran empleados con derecho a horas extra; si los trabajadores H-2A que trabajaron para Las Princesas Corporation y/o Martha Zeferino José entre el 29 de mayo de 2021 y el 9 de septiembre de 2024 tienen derecho a que se les reembolsen los costos de sus visas H-2A, transporte desde México a Estados Unidos y gastos relacionados; y si Las Princesas Corporation y/o Martha Zeferino José (los “Demandados de Las Princesas”) violaron leyes contra la trata de personas al retener los pasaportes y documentos de identificación de los empleados, no pagaron a los trabajadores la tarifa salarial requerida y no cumplieron con el contrato de trabajo. Los acuerdos también resolverán los reclamos individuales presentados por los Representantes de la Clase.
  • Bajo los acuerdos propuestos, los miembros de la clase recibirán un pago para compensarlos parcialmente por sus visas H-2A, transporte desde México y gastos relacionados, que será un monto prorrateado basado en el número de temporadas trabajadas, el(los) Demandado(s) para quienes trabajaron y si optaron por participar en esta acción. Los empleados también recibirán $100 como compensación por la confiscación de sus documentos. Los trabajadores que laboraron en Tankard serán elegibles para recibir pagos del acuerdo que compensarán parcialmente el costo de las comidas supuestamente inadecuadas, así como pagos que variarán según si el miembro de la clase trabajó horas extra para Tankard entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022, según los registros disponibles. También habrá pagos para los Representantes de la Clase por su servicio al grupo, por un monto de $2,500 cada uno, y por sus reclamoss individuales relacionados con la trata de personas, por un monto de $1,000 cada uno. Además, Tankard ha acordado no utilizar contratistas de mano de obra para proveer trabajadores durante los próximos tres años, y los Demandados de Las Princesas han acordado no emplear trabajadores H-2 ni trabajadores agrícolas domésticos durante los próximos tres años. Más detalles sobre el acuerdo se encuentran en este documento y están disponibles contactando a los abogados de la clase o visitando www.DemandaLasPrincesas.com.
  • Sus derechos legales se ven afectados tanto si actúa como si no actúa. Lea este aviso cuidadosamente.

SUS DERECHOS Y OPCIONES LEGALES EN ESTE ACUERDO:

ENVIAR UN FORMULARIO DE CAMBIO DE DIRECCIÓN

Con esto se asegurará de recibir su pago, si ud. califica para uno.

EXCLÚYASE

No recibirá ningún pago. Esta es la única opción que le permite participar en cualquier otra demanda contra The Tankard Nurseries Inc., Las Princesas Corporation y/o Martha Zeferino José relacionada con los reclamos legales de este caso.

OPONERSE

Dígale al Tribunal por qué no está de acuerdo con el acuerdo.

  • Estos derechos y opciones, así como los plazos para ejercerlos, se explican en este aviso.
  • El tribunal encargado de este caso aún debe decidir si aprueba el acuerdo. Los pagos se realizarán si el tribunal aprueba el acuerdo y, en caso de apelaciones, si estas se resuelven a favor del acuerdo. Por favor, tenga paciencia.

Contáctenos para información en español:

Las Princesas Settlement
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PO Box 3206
Brockton, MA 02304
Phone: 844-625-7313
Fax: 781-287-0381
Email: LasPrincesas@optimeadmin.com

INFORMACIÓN BÁSICA

1.   ¿Por qué recibí este paquete de aviso?

Usted recibió este aviso porque su nombre aparece en los registros de nómina y/o de control de horas mantenidos por The Tankard Nurseries y/o Las Princesas Corporation, los cuales indican que trabajó para Las Princesas Corporation como trabajador H-2A entre el 29 de mayo de 2021 y el 9 de septiembre de 2024, o porque anteriormente se unió a este caso al presentar un formulario llamado “Consentimiento para Demandar” (Consent to Sue).

El Tribunal autorizó a los abogados de los Demandantes a enviarle este aviso porque usted tiene derecho a estar informado sobre un acuerdo propuesto en una demanda colectiva, y sobre todas sus opciones, antes de que el Tribunal decida si aprueba el acuerdo. Si el Tribunal lo aprueba, y después de que se resuelvan cualquier objeción o apelación, un administrador de acuerdo designado por el Tribunal realizará los pagos permitidos por el acuerdo.

Este paquete explica la demanda, el acuerdo, sus derechos legales, los beneficios disponibles, quién es elegible para recibirlos y cómo obtenerlos.

El Tribunal a cargo del caso es el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Virginia, y el caso se conoce como Hernández Lara, et al. v. Las Princesas Corporation, et al., Caso No. 2:24-cv-000346. Las personas que demandaron se llaman Demandantes. Estos son José Alberto Hernández Lara, Ismael Lorenzo Pérez, Leonel Santiago Gómez y Uriel Hernández Espinoza. La empresa y las personas demandadas —Las Princesas Corporation, Martha Zeferino José y The Tankard Nurseries Inc.— se conocen como los Demandados.

2. ¿De qué se trata esta demanda?

La demanda alegó que los Demandados no reembolsaron a los trabajadores por sus gastos de visa, transporte y otros costos relacionados con su viaje desde México a los Estados Unidos; que los trabajadores pagaron por un plan de comidas ilegal; que los Demandados no pagaron salarios por horas extra trabajadas en Virginia entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022; que Las Princesas Corporation y Martha Zeferino José confiscaron los pasaportes de los trabajadores y cometieron otros actos que constituyen trata de personas; y que incumplieron los términos de los contratos H-2A. Los Demandados niegan haber hecho algo incorrecto, y el Demandado Tankard niega haber sido el empleador de los trabajadores.

3. ¿Por qué es una demanda colectiva?

En esta demanda colectiva, una o más personas llamadas Representantes de la Clase (en este caso José Alberto Hernández Lara, Ismael Lorenzo Pérez, Leonel Santiago Gómez y Uriel Hernández Espinoza) presentaron la demanda en nombre de personas que tienen reclamos similares. Todas estas personas son Miembros de la Clase. Un solo tribunal resuelve los asuntos legales para todos los Miembros de la Clase, excepto aquellos que se excluyan. El juez federal del Distrito, Jamar Walker, es el juez encargado de esta demanda colectiva.

4. ¿Por qué hay un acuerdo?

El Tribunal no decidió a favor de los Demandantes ni de los Demandados. Los Demandantes creen que podrían haber ganado la mayoría o todas sus reclamaciones y haber recuperado salarios atrasados, daños liquidados y otros daños para los miembros de la clase si hubieran ganado en el juicio. Los Demandados piensan que los Demandantes no habrían ganado nada en un juicio porque Tankard no era legalmente el empleador de los Miembros de la Clase y los Demandados creen que cumplieron con la ley. Pero no hubo juicio. En cambio, los Demandados y los Demandantes acordaron dos acuerdos (que se discutirán a continuación como “el acuerdo”). De esta manera, evitan los costos y riesgos de un juicio, y los miembros de la clase propuesta recibirán una compensación. Los Representantes de la Clase y los abogados de ambas partes consideran que el acuerdo es justo para todos los Miembros de la Clase y para los Demandados.

QUIÉN ESTÁ INCLUIDO EN EL ACUERDO

5. ¿Cómo sé si soy parte del acuerdo?

Una lista de todas las personas incluidas en las Clases de Acuerdo se encuentra al final de este Aviso.

El juez Walker decidió que todas las personas que encajen en cualquiera de estas descripciones son miembros de las Clases de Acuerdo:

Clase de Acuerdo de Las Princesas: Todas las personas que fueron traídas a los Estados Unidos por Las Princesas para realizar trabajo agrícola bajo contratos H-2A entre el 29 de mayo de 2021 y el 9 de septiembre de 2024.

Clase de Acuerdo de Tankard: Todas las personas que fueron traídas a los Estados Unidos como trabajadores H-2A por Las Princesas Corporation y/o Martha Zeferino José y que realizaron trabajo para The Tankard Nurseries Inc. entre el 29 de mayo de 2021 y la fecha actual.
Subclase de Tankard: Todos los individuos que fueron traídos a los EE. UU. como trabajadores H-2A por Las Princesas Corporation y/o Martha Zeferino José y que realizaron horas extras para The Tankard Nurseries Inc. entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022.

También se incluyen las personas que previamente presentaron un Consentimiento para Demandar (los “Opt-Ins”), aunque no encajen en la definición de la Clase de Acuerdo.

Si aún no está seguro si forma parte del acuerdo, puede solicitar ayuda gratuita. Puede llamar a Optime Administration at 844-625-7313, contactarnos a través de www.DemandaLasPrincesas.com o enviar un correo electrónico a LasPrincesas@optimeadmin.com para más información.

LOS BENEFICIOS DEL ACUERDO — LO QUE RECIBE

6. ¿Qué ofrece el acuerdo?

Tankard y los Demandados de Las Princesas han acordado pagar cada uno $150,000 (por un total de $300,000) a un fondo de acuerdo que será destinado a 1) ser dividido entre los Miembros de la Clase y los Opt-ins, 2) otorgar premios de servicio a los Representantes de la Clase, 3) pagar a los Representantes de la Clase por sus reclamos individuales, y 4) cubrir los honorarios y costos de los abogados de la Clase.

7. ¿Cuánto será mi pago?

Su parte del fondo dependerá de las fechas en que trabajó, su tasa de pago, si trabajó para Tankard y si es un Opt-in (es decir, si presentó un Consentimiento para Demandar).

Se retendrán impuestos de la parte de su pago que se considere como daños salariales.

Si después de un año queda dinero en el Fondo de Acuerdo porque algunos Miembros de la Clase no pudieron ser localizados, el dinero restante se distribuirá entre los Miembros de la Clase y Opt-ins que recibieron el primer pago. Cada persona que reciba una segunda distribución obtendrá el mismo porcentaje del monto total que los abogados de la Clase creen que se les debe, basado en los registros disponibles. Para saber exactamente cuánto será su pago antes de impuestos, contacte a los abogados de la Clase en LASPRINCESAS@OPTIMEADMIN.COM, o a través de www.DemandaLasPrincesas.com.

CÓMO RECIBIR UN PAGO

8. ¿Cómo puedo recibir un pago?

Para recibir su pago, debe proporcionar su dirección actual. Se adjunta un formulario de Cambio de Dirección a este Aviso. También puede solicitar un formulario de Cambio de Dirección en www.DemandaLasPrincesas.com o llamando o enviando un mensaje de WhatsApp al 434-242-1494. Además, puede comunicarse con el Administrador del Acuerdo en LASPRINCESAS@OPTIMEADMIN.COM.

También puede ayudar a que sus compañeros de trabajo reciban su pago compartiendo este Aviso con las personas que conozca cuyo nombre aparezca en la lista de Miembros de la Clase de Acuerdo y animándolos a contactar a los abogados de la clase.

9. ¿Cuándo recibiré mi pago?

El tribunal llevará a cabo una audiencia el 4 de diciembre de 2025 para decidir si aprueba el acuerdo. Si el juez Walker aprueba el acuerdo y esa decisión no es revocada en apelación, el administrador del acuerdo comenzará a enviar los pagos a las personas lo antes posible después de la aprobación. Para asegurarse de recibir su pago, contacte a los abogados de la clase con su dirección actual.

10. ¿Qué estoy renunciando para recibir un pago o para permanecer en la Clase?

A menos que se excluya, usted permanecerá en la Clase, lo que significa que no podrá demandar, continuar demandando ni formar parte de ninguna otra demanda contra The Tankard Nurseries Inc., Las Princesas Corporation y/o Martha Zeferino José sobre los asuntos legales de este caso o relacionados de alguna manera con las reclamaciones en este caso. También significa que todas las órdenes del Tribunal se aplicarán a usted y lo vincularán legalmente. Si no se excluye, usted aceptará una “Renuncia de Reclamaciones”, que se describe a continuación y que detalla exactamente las reclamaciones legales que renuncia si permanece en la Clase.

EXCLUSIÓN DEL ACUERDO

Si no desea recibir un pago de este acuerdo, pero quiere conservar el derecho a demandar o continuar demandando a cualquiera de los Demandados sobre estos mismos asuntos legales por su cuenta, entonces debe tomar medidas para salir de este caso. Esto se llama excluirse o retirarse de la Clase del acuerdo.

11. ¿Cómo me excluyo del acuerdo?

Para excluirse del acuerdo, debe enviar una carta indicando que desea ser excluido del caso Hernández Lara, et al. v. Las Princesas Corporation, et al. Asegúrese de incluir su nombre, dirección, número de teléfono y su firma. Debe enviar su solicitud de exclusión por correo postal, correo electrónico o fax, con matasellos no posterior al 18 de noviembre de 2025, a:

Las Princesas Settlement
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PO Box 3206
Brockton, MA 02304
Phone: 844-625-7313
Fax: 781-287-0381
Email: LasPrincesas@optimeadmin.com

Si solicita la exclusión, no recibirá ningún pago del acuerdo y no podrá objetar el acuerdo. Tampoco estará legalmente obligado por nada que ocurra en esta demanda.

12. Si permanezco en la Clase, ¿cómo afecta eso a mis derechos legales?

A menos que se excluya, usted renuncia a cualquier derecho a demandar por separado a cualquiera de los Demandados por las reclamaciones que este acuerdo resuelve. Esto se llama “Renuncia de Reclamos.” Si tiene una demanda pendiente, hable con su abogado de este caso de inmediato. Debe excluirse de esta Clase para continuar con su propia demanda. Recuerde que la fecha límite para excluirse es el día 18 de noviembre de 2025.

13. Si me excluyo, ¿puedo recibir dinero de este acuerdo?

No. Si solicita ser excluido, no recibirá ningún pago del acuerdo. Es posible que pueda demandar (o continuar demandando) a cualquiera de los Demandados en el futuro. Sin embargo, las demandas pueden ser desestimadas si las reclamaciones no se presentan dentro de los plazos legales correspondientes. Si se excluye de esta acción, esos plazos volverán a correr desde ese momento.

LOS ABOGADOS QUE LO REPRESENTAN

14. ¿Tengo un abogado en este caso?

El Tribunal decidió que Patricia Kakalec de Kakalec Law PLLC, Clermont Ripley y Carol Brooke del North Carolina Justice Center, y Rachel McFarland, Marissa Baer y Jason Yarashes del Legal Aid Justice Center están calificados para representarlo a usted y a todos los Miembros de la Clase de Acuerdo. Estos abogados se llaman “Abogados de la Clase” y puede contactarlos si tiene preguntas sobre sus derechos en este caso o sobre la demanda. Todos sus abogados hablan español. Puede comunicarse con ellos al: 434-242-1494 (tel. o WhatsApp). A usted y a los Miembros de la Clase de Acuerdo no se les cobrará por estos abogados. Si desea ser representado por su propio abogado, puede contratar uno a su propio costo.

15. ¿Cómo serán pagados los abogados?

Los abogados de la clase pedirán al Tribunal que apruebe el pago de honorarios legales y sus gastos. Estos honorarios compensarían a los abogados por investigar los hechos, litigar el caso y negociar el acuerdo. El Tribunal podría otorgar una cantidad menor a la solicitada.

OPONERSE AL ACUERDO

16. ¿Cómo le digo al Tribunal que no estoy de acuerdo con el acuerdo?

Si usted es miembro de la clase, puede oponerse al acuerdo si no está de acuerdo con alguna parte del mismo. Puede explicar las razones por las que cree que el Tribunal no debería aprobarlo. El Tribunal considerará sus opiniones.

Puede pedir al Tribunal que niegue la aprobación presentando una objeción, pero no puede pedirle que ordene un acuerdo diferente. El Tribunal solo puede aprobar o rechazar el acuerdo propuesto. Si el Tribunal niega la aprobación, no se enviarán pagos del acuerdo y la demanda continuará.

Para objetar, debe enviar una carta diciendo que se opone a Hernández Lara, et al. v. Las Princesas Corporation, et al. Asegúrese de incluir su nombre, dirección, número de teléfono, su firma y las razones por las que se opone al acuerdo. Envíe la objeción por correo o fax a la siguiente dirección, con matasellos no posterior a 18 de noviembre, 2025:

Las Princesas Settlement
c/o Optime Administration, LLC
PO Box 3206
Brockton, MA 02304
Phone: 844-625-7313
Fax: 781-287-0381
Email: LasPrincesas@optimeadmin.com

También puede objetar asistiendo a la audiencia de imparcialidad del Tribunal que se describe más adelante.

17. ¿Cuál es la diferencia entre objetar y excluirse?

Objectar significa simplemente decirle al Tribunal que no le gusta algo del acuerdo. Usted solo puede objetar si se queda en la Clase. Excluirse significa decirle al Tribunal que no quiere ser parte de la Clase. Si se excluye, no tiene derecho a objetar porque el caso ya no lo afecta.

AUDIENCIA DE JUSTICIA DEL TRIBUNAL

18. ¿Cuándo y dónde decidirá el Tribunal si aprueba el acuerdo?

El Tribunal llevará a cabo una Audiencia de Equidad a las 2:30 pm el día 4 de diciembre, 2025, en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Virginia, División de Norfolk, 600 Granby St., Norfolk, VA  23510. En esta audiencia, el Tribunal considerará si el acuerdo es justo, razonable y adecuado. Si hay objeciones, el Tribunal las tomará en cuenta. El juez Walker escuchará a las personas que asistan a la audiencia para presentar sus objeciones. Después de la audiencia, el Tribunal decidirá si aprueba el acuerdo. No sabemos cuánto tiempo tomarán estas decisiones.

19. ¿Tengo que asistir a la audiencia?

No. Los abogados que representan a la clase estarán presentes en la audiencia y responderán cualquier pregunta que el juez Walker pueda tener. Sin embargo, puedes asistir si lo desea, pero por su propia cuenta. Si envía una objeción, no tiene que ir al tribunal para hablar sobre ella. Siempre que haya enviado su objeción por escrito a tiempo, el tribunal la considerará. También puede pagar a su propio abogado para que asista, pero no es necesario.

20. ¿Qué pasa si no hago nada en absoluto?

Si no hace nada, será incluido en la Clase del Acuerdo y aceptará la Liberación de Reclamos, lo que significa que no podrá iniciar una demanda, continuar con una demanda, ni ser parte de ninguna otra demanda contra los Demandados sobre los temas legales en este caso, nunca más. Será elegible para recibir un pago si se aprueba el acuerdo.

OBTENIENDO MÁS INFORMACIÓN

21. ¿Hay más detalles sobre el acuerdo?

Este aviso resume el acuerdo propuesto. También puede obtener una copia del Acuerdo de Conciliación o más información contactando a los abogados de la clase llamando al 434-242-1494 (tel. o WhatsApp).


El Honorable Jamar K. Walker
Juez del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos

FECH DE ESTE AVISO: 19 de Septiembre de 2025